Los juzgados y tribunales provinciales han sentado criterio aplicando las ultimas Sentencia de nuestro Tribunal Supremo, en cuanto a la reclamación de consumidores afectados por la usura de los intereses de créditos y tarjetas revolving. Muchos consumidores se han visto afectados por créditos y tarjetas cuyos intereses son usuarios, muy elevados, de aproximadamente un 2% mensual lo que supone un 25% anual, o más. Recupera tu dinero y cancela tus deudas de las tarjetas de crédito abusivas.

Esta acciones de nulidad por usura de las cláusulas de tipo de interés han recibido favorable acogida en los juzgados y tribunales en cuanto a su estimación como nulas, por lo que el afectado puede solicitar la tutela judicial para declarar nula la cláusula de intereses fijados por usura, y, como consecuencia de esa declaración de nulidad hacer un recalculo del capital dispuesto e intereses amortizados, sin la aplicación de esos intereses de usura, procediendo en su caso tras el recalculo efectuado a la devolución al consumidor afectado de las cantidades que le correspondan y que han sido pagadas de más por intereses abusivos.

La clave ha sido cuando los juzgados y tribunales han entendido que los intereses de este tipo de créditos y tarjetas son desproporcionados y abusivos teniendo en cuenta el tipo medio de interés en los créditos al consumo según consta en las estadísticas del Banco de España. De esta manera, los tipos de intereses de estos productos revolving duplican el tipo medio de interés en los créditos al consumo y van incluso más allá, siendo totalmente desproporcionados y elevados, entrando en la usura.

Para iniciar esta reclamación, lo primero es examinar el contrato del crédito o tarjeta, comprobar sus cláusulas, en esencial la de intereses. Cotejarla por el tipo medio de interés en los créditos al consumo a la fecha de la formalización del contrato. Al constatar que el interés pactado en el contrato sea el doble del tipo medio, ya entra en el supuesto de usura. Por lo que eres afectado por este tipo de productos de crédito denominados revolving.

Procede entonces realizar reclamación escrita a la entidad crediticia, solicitando la nulidad de la cláusula de intereses y solicitar el recalculo con la consecuente, si procede, restitución de las cantidades que te corresponden.

La entidad te contestará a la reclamación escrita en un plazo aproximado de 1 mes, si recibida la contestación no atienden a la petición realizada se te abre la vía judicial para la reclamación, juzgados en donde no tendrás ningún coste procesal al deber abonar los costes de la tramitación judicial la entidad crediticia que se te opone a la reclamación realizada.

En este despacho llevamos estos asuntos a numerosos clientes de manera exitosa, si tienes cualquier duda o pregunta al respecto y quieres iniciar los trámites para recuperar tu dinero, puedes contactar con nosotros al teléfono 685540202 o por email a la dirección de info@gonzaloiglesiasabogados.com.

Recupera el dinero que te corresponde, no lo dejes demorar más y pon fin a los intereses de usura de tus créditos y tarjetas revolving.