Gonzalo Iglesias. Abogado

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RECLAMA YA TUS GASTOS DE HIPOTECA

La cláusula de gastos a cargo del prestatario está incluida en todos los contratos de préstamo con garantía hipotecaria, sirve para fijar que gastos derivados de la formalización de la operación del préstamo pagará cada parte, esto es, que gastos pagará el cliente y que gastos pagará el banco. En Sentencia de nuestro Tribunal Supremo de día 27 de Enero de 2021, se resuelve que los gastos de tasación, en préstamos anteriores a la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, son gastos que incumben su pago al banco y no al consumidor, además, dice que los consumidores tienen el derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de gastos de registro de la propiedad, gastos de gestoría y gastos de tasación, junto con la restitución de la mitad de los gastos notariales. 

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